Rizqallah no se libra de investigación por lavado de activos


El pasado 10 de julio el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, mediante la resolución 19, declaró nula la Casación 92-2017 (8 de agosto, 2017) que libraba a Jader Harb Rizqallah Garib, inversor del club FBC Melgar, de las investigaciones preliminares por lavado de activos que llevaba en su contra, desde el 2016, la Procuraduría Pública Especializada en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio.
Esta sentencia revoca una decisión polémica de la Segunda Sala  Transitoria de la Corte Suprema de la República que tenía entre sus integrantes a César Hinostroza Pariachi (investigado por el caso de los Cuellos Blancos del Puerto) y que creó controversia porque desnaturalizaba el delito de lavado de activos.
Cabe recordar que antes de que la Segunda Sala Transitoria acepte el recurso de casación, el pedido de ser excluido de las investigaciones  fue rechazado primero por el Primer Juzgado de Investigación  Preparatoria de Arequipa y luego por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Arequipa. Es por ese motivo que la defensa de Jader recurrió a presentar un último recurso: Casación.

QUÉ SE LE IMPUTA
A Rizqallah se le investiga por la supuesta comisión del delito de lavado de activos en agravio del Estado. En total son 9 los inmersos en este proceso, de los cuales fueron excluidos primero Jader y después el administrador del club Melgar José Suárez Zanabria.
¿Qué argumenta el Estado? En primer lugar que no se conoce la procedencia del dinero que invirtió en Melgar y que hay indicios de que tenga un origen ilegal pese a que todas las transacciones fueron bancarizadas.
Jader facilitó dinero al FBC Melgar durante marzo de 2012 a diciembre de 2014 mediante contratos de Cesión de Derechos y Flujos Dinerarios y Préstamos dinerarios. La primera sucedió el 11 de julio de 2013  por más de USD 651 mil, en noviembre de ese año por más de USD 540 mil, y un acuerdo de Reconocimiento de Deuda del 9 de abril 2015 por USD 1’069,129.67.
Se recalca que Jader es socio fundador de la empresa Polimaster y socio de Inversiones Deportivas FBC Melgar, por lo que se aduce que el origen ilícito del dinero podría provenir de actividades de fraude en la administración de personas jurídicas.

LA DECISIÓN
El Quinto Juzgado Constitucional declara fundado el recurso de amparo que presentó la Procuraduría Pública contra la Casación 92-2017, a la que declara nula.
Además, ordena que la Segunda Sala Penal Transitoria, que fue la que emitió la Casación 92, reponga al estado anterior  de su afectación de calificarse el recurso de casación, teniendo en cuenta las consideraciones de la presente resolución.
¿Qué quiere decir? Que esta sala penal vuelva a revisar el caso y emita un nuevo pronunciamiento tomando en cuenta las observaciones que ha realizado el Quinto Juzgado Constitucional.
Aún este partido no acaba para el inversor rojinegro.


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