Jader Rizqallah Garib respira tranquilo. La Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia decidió, el pasado 8 de agosto, aceptar el recurso de casación presentada por la defensa del empresario, debido a una "errónea interpretación y apartamiento de la doctrina de jurisprudencia de la Corte Suprema" realizada por la fiscal especializada en delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, Carol Cuba.
El recurso de casación, que es un recurso legal presentado contra una decisión en última instancia debido a que se presentó irregularidades en un procedimiento de investigación, revocó la decisión de formalizar investigación preparatoria contra Jader por el presunto delito de lavado de activos por cuatro transferencias bancarias realizadas al club Melgar, sumas que ascienden a más de dos millones de dólares y un millón de soles.
Recién encontró respuesta a su pedido en la Corte Suprema luego de que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria y de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa rechazaron sus pedidos para ser excluido de las investigaciones.
La denuncia que realizó Henry Bustinza, expresidente de Melgar, tal como confirmó el administrador del club, José Suárez Zanabria, no fue debidamente sustentada por la fiscal arequipeña, quien presentó el delito fuente de gravedad en el presunto fraude en la administración de personas jurídicas a través de la creación de empresas fantasmas, como presumiblemente era Inversiones FBC Melgar.
Pero para el Código Penal la fuentes de gravedad en delitos de Lavado de Activos son la minería ilegal, proxenetismo, tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, terrorismo, extorsión, delitos aduaneros y delito contra la administración pública, delitos que revisten alta o considerable gravedad. En ninguno de esos items se encuentra la figura de fraude en la administración de personas jurídicas.
Es por ese motivo - explica el fallo de la Corte Suprema - que por no ser de gravedad no superaría una sentencia de 4 años de cárcel (tiempo mínimo para prisión efectiva) ni prisión preventiva.
Con esta decisión los demás implicados en esta denuncia quedarían también excluidos: José Suárez Zanabria, Renato Guerra Garib, Fernando Lanfranco, Roberto Celiz, Julio Vidal, José Carrizales, Luis Mansilla, Carlos Camino e International Managers Agency (Image).
Ya libre de esta investigación, Jader anuncia que iniciará medidas legales contra los que lo acusaron de lavar activos en Melgar.
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