Autorizan la práctica del deporte individual o en parejas, la apertura de clubes deportivos y las actividades de montaña

D.S. 156-2020-PCM

Hoy en el diario El Peruano se publicaron dos normas legales que permiten la reanudación de la práctica deportiva individual o en parejas al aire libre, en clubes o asociaciones deportivas, así como se da libertad para el reinicio de actividades deportivas como la pesca acuática, deportes náuticos y las actividades de guías de montaña.
El Decreto Supremo N.° 156-2020-PCM que modifica el D.S. 116-2020 que establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, en su artículo 7 establece que se permiten las actividades deportivas al aire libre individual o en parejas tanto en parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros autorizados para promover la salud mental y física siempre que no implique el contacto físico y se respete el distanciamiento social.
También aclara que los gobiernos locales (municipalidades provinciales y distritales) junto a la Policía Nacional tendrán a su cargo el control y vigilancia para que se de cumplimiento a esta norma que regirá desde el 1 de octubre.
Asimismo en el D.S. N.° 157-2020-PCM que aprueba la Fase 4 de la reanudación de actividades económicas dentro del marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional, en su Anexo menciona dentro de Otros Servicios de Arte, Entretenimiento y Esparcimiento (con aforo al 50 %) que se aprueban las actividades de clubes y asociaciones deportivas (actividades individuales o en parejas al aire libre).
D.S. 157-2020-PCM


Además se menciona que están autorizadas la práctica de la pesca deportiva, deportes náuticos y actividades de guías de montaña (alta montaña, senderismo, escalada, etc.)
Pero ojo para su práctica se debe contar con la aprobación de los protocolos sanitarios establecidos por el Ministerio de Salud.
Aún el fulbito o la práctica de deportes grupales (vóley, fútbol, básquet, etc.) no están autorizados.

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